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LA LEY 1341 DE 2009, CIUDADANO DIGITAL, PLAN TIC

LA LEY 1341 DE 2009, CIUDADANO DIGITAL, PLAN TIC

CUESTIONARIO DE INFORMÁTICA JURÍDICA II - FINAL

 

a.- Defina según la Ley 1341 de 2009 que es TIC:

 

La ley 1341 de 2009 define en su artículo 6º.- que las TIC –Tecnologías de la Información y las Comunicaciones “…son el conjunto de recursos, herramientas, equipos, programas informáticos, aplicaciones, redes y medios que permiten la compilación, procesamiento, almacenamiento, transmisión de información, como: voz, datos, texto, videos e imágenes.”.

 

Las TIC entonces, hacen referencia a la implementación de la tecnología en el desarrollo de sectores tan importantes como la educación, salud, justicia, competitividad empresarial, la ejecución del gobierno en línea, entre otros, llegando inclusive a las comunidades ubicadas en las zonas más apartadas de nuestra geografía nacional donde el Estado puede hacer presencia e interactuar con el ciudadano gracias a éstas herramientas tecnológicas que constituyen hoy en día pilares básicos de la sociedad.  Por ello se están realizando grandes esfuerzos para crear cultura informática en la gente de tal forma que conozca y use las TIC´s

 

b.-¿Cuál cree usted que son los artículos de la Constitución Política de Colombia que sirvieron de fundamento jurídico para que se formara la Ley 1341 de 2009?

 

La ley 1341 de 2009 tiene como propósito definir los principios y conceptos sobre la sociedad de la información y la organización de las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones –TIC–, entre otros, este propósito está relacionado directamente con el cumplimiento de los fines y funciones del Estado que abarcan el cumplimiento total del articulado de nuestra Constitución Política y de los Tratados Internacionales que en virtud del Bloque de Constitucionalidad hacen parte de la misma, no obstante ello, trataremos de abstraer los artículos que guardan una mayor o más clara relación con la expedición de esta Ley, así:

 

Preámbulo de la Constitución: El constituyente primario mediante la presente Constitución Política tiene entre sus fines asegurar a sus integrantes la justicia, la igualdad, el conocimiento, dentro de un marco jurídico democrático y participativo, comprometido a impulsar la integración de la comunidad latinoamericana.

 

Art. 1 Colombia es un Estado organizado en forma de república unitaria, descentralizada, y donde prevalece el interés general.

 

Art. 2 Fines esenciales del Estado: Dentro de ellos encontramos servir a la comunidad, facilitar la participación de todos en las decisiones que los afectan y en la vida económica, política, administrativa y cultural de la nación, entre otros.

 

Art. 9 La Política exterior de Colombia se orientará hacia la integración latinoamericana y del Caribe.

 

Art. 13  Derecho de igualdad y el deber del Estado de promover las condiciones para que esta sea real y efectiva.

 

Art. 15 que trata del derecho de habeas data.

 

Art. 20 Libertad de Expresión.

 

Art. 23 Derecho de petición.

 

Art. 38 Derecho de libre asociación

 

Art. 40 Derecho a participar en la conformación, ejercicio y control del poder político.

 

Art. 44 Derechos de los niños.

 

Art. 45 Derechos de los adolescentes

 

Art. 49 Derecho a la salud

 

Art. 61 Derecho a la propiedad intelectual

 

Art. 67 Derecho a la educación

 

Art.70 Derecho a la cultura

 

Art.74 Derecho a acceder a la información pública

 

Art. 75 Derecho a acceder al espectro electromagnético

 

Art.76 Intervención del Estado en el espectro electromagnético

 

Art. 101 Límites de Colombia, elementos que integran el territorio nacional –el segmento de la órbita geoestacionaria, el espectro electromagnético, entre otros.

 

Art. 102 El territorio y los bienes públicos que forman parte de él, pertenecen a la nación.

 

Art. 103 Formas de participación democrática

 

Art. 209 De la función Administrativa, al servicio de los intereses generales.

 

Art. 333 La iniciativa privada, la libertad de empresa, la libre competencia económica.

Art. 336 Control de monopolios.

 

Art. 365 De los servicios públicos

 

Art. 366 Del bienestar general y mejoramiento de la calidad de vida de la población.

 

c.- Explique brevemente en qué consiste la política del Estado Colombiano "ciudadano digital":

 

Ciudadano Digital es un programa promovido por el Ministerio de Tecnologías de las Información y las Comunicaciones, el SENA y la fundación ICDL Colombia, cuyo propósito es capacitar a los ciudadanos en el conocimiento, apropiación, uso y aprovechamiento de las TIC´s.  Tiene como meta llegar  las 100 mil personas para el año 2010 para que estos puedan acceder a todos los servicios que en los diferentes sectores y áreas hoy en día se prestan de manera virtual.

 

Para cumplir esta meta se han diseñado tres elementos a saber:

 

·         Encuesta nacional de alfabetización digital, que busca medir el nivel conocimiento y uso de las TIC por parte de los colombianos.

·         Curso ciudadano digital: busca capacitar a las personas en el manejo del internet, es gratuito, dura 40 horas y su nivel de exigencia en el aprendizaje es flexible para que se ajuste a las capacidades de la persona.

·         Certificación internacional e-Citizen que tiene validez en 150 países y por medio de la cual se acreditan las competencias adquiridas.

 

Los beneficios del programa se reflejan en el aprendizaje del uso del internet, su aprehensión, aprovechamiento, capacidad para acceder a todos los servicios en línea que se ofrecen, interactuar en el mercado, superarse en sus conocimientos, entre otros. Recordemos que el analfabetismo actual ya no consiste en la ausencia de saber leer y escribir sino en el desconocimiento y aplicación de las tecnologías informáticas y del aprendizaje del idioma extranjero universal.

 

d.- Explique en qué consiste la articulación del plan del TIC:

 

El Plan TIC es la herramienta creada por el Gobierno Nacional con el fin de afrontar los nuevos avances tecnológicos que vivimos en nuestra sociedad debido a que nos encontramos en un mundo globalizado que nos exige estar preparados para interactuar dentro del mismo y no quedarnos rezagados.  Este plan interrelaciona una serie de entidades y programas que le permitirán al ciudadano acceder a los servicios que le ofrece el Estado, como son la salud, la educación, la justicia y el gobierno en línea; pero también para promover la competitividad del sector empresarial, la investigación, el desarrollo y la innovación.  De esta forma se materializan muchos de nuestros derechos constitucionales que debido a los avances tecnológicos podrían hacerse inaplicables para muchos sectores deprimidos o ubicados en zonas alejadas de nuestra geografía nacional que se hacen accesibles gracias a esta tecnología, pues las distancias ya no serán un problema para poder comunicarnos en línea.

 

Los beneficios de las TIC son muchos, además de los que ya se han mencionado, tenemos que nos ofrecen una gama de oportunidades que antes no se podían tener en tan amplia cobertura e inmediatez, constituye en sí mismo una nueva forma de aprender. También a nivel empresarial, tener una mayor capacidad de competitividad, minimizar costos, maximizar los recursos, ser más eficientes y eficaces, acceder a los mercados internacionales y generar el crecimiento de las empresas.

 

e.- ¿Qué aplicación le podría dar usted a las TIC en su carrera profesional de abogada?

 

El presente taller me ha permitido conocer y confirmar que hoy en día el analfabetismo del siglo XXI se presenta en otro nivel de conocimiento superior a la simple adquisición del saber de la escritura y la lectura tradicional, pues debido a que nos encontramos en un mundo inmerso en la globalización, donde las fronteras ya no son un obstáculo para incursionar en otras culturas, mercados, acceder a nuevos conocimientos, entre otros aspectos, el conocimiento, aprehensión, uso y aprovechamiento de las TIC´s nos permitirán tener una visión más amplia de nuestra carrera como abogados,  acceder a múltiple información normativa, doctrinaria, jurisprudencial, dogmática, filosófica, en un tiempo mínimo, que nos enriquecerá como profesionales, como personas y que nos permitirá realizar un trabajo con calidad e idoneidad. 

 

 

SUSANA LOZANO LOZANO

Cód.40511962

 

EL APROVECHAMIENTO DE MASAS ¿SOLUCIÓN Ó PROBLEMA? ... Y SUS REPERCUSIONES EN EL ÁMBITO JURÍDICO

EL APROVECHAMIENTO DE MASAS  ¿SOLUCIÓN Ó PROBLEMA? ... Y SUS REPERCUSIONES EN EL ÁMBITO JURÍDICO

Con la incursión de los avances tecnológicos generados a raíz de la WEB 2.0  mediante la cual los individuos encontramos una nueva forma de comunicación que traspasa fronteras de manera ágil y eficaz, el desarrollo de la humanidad ha sido posible y proporcional a las  ventajas de la misma pues a pasos agigantados se presentan cada vez mayores logros y nuevas metas gracias al gran poder de la red.

Y ello es así, pues según lo expuesto por el doctor PAUL ANDERSON esta herramienta proporciona grandes beneficios en materia de utilidad, aunque no obstante ello también veremos  cómo estos importantes avances también pueden constituir un grave problema para la sociedad o usuarios de la red, jurídicamente hablando.

De acuerdo al doctor ANDERSON el aprovechamiento de la WEB 2.0 genera algunos problemas propios de la mecánica de funcionamiento del mismo cuales son, en primer lugar el aprovechamiento de una inteligencia colectiva haciéndose necesario determinar a qué tipo de inteligencia se refiere y que ésta se pueda equiparar con la información; pero simultáneamente especialistas en esta área presentan una efectiva solución para los mismos, al tener como premisa principal que las personas pueden actuar independientemente generando efectos colectivos, fenómeno que denominan “sabiduría de las masas”, el efecto más importante de este tópico es el gran poder de convocatoria que se maneja en la red, tal como se pudo evidenciar a través del facebook cuando se convocó por este medio una multitudinaria movilización virtual en contra de las FARC, cuyo alcance fue considerable pues se promovió a nivel mundial, sin distingo de raza, nacionalidad, lengua, condición socio económica y la receptividad fue tal que llegó a lugar tan lejanos de nuestra geografía como Bagdad, Moscú, entre otros.

Este sencillo ejemplo de convocatoria de masas confirma entre usuarios y nos usuarios de la red la gran capacidad y usos de la misma para cualquier actividad, ya sea de índole social, comercial, política, entre otros.

… Pero a su vez, esta maravilla de la comunicación del nuevo siglo trae soterradamente una serie de repercusiones jurídicas igualmente para usuarios y no usuarios de la misma, pues los sistemas de seguridad de la red no son los mejores en materia de privacidad, es así como vemos diariamente que estas redes sociales, específicamente facebook  permite que cualquier persona puedan incursionar en la información de una persona publicada en la misma y con base en ella planear los más graves delitos contra la integridad física y moral de los individuos, así como en contra de su patrimonio económico, como son secuestros, extorsiones, estafas, pornografía infantil, injurias por vías de hecho como las publicaciones de videos caseros  de parejas sosteniendo relaciones sexuales, sin autorización de los participantes en el mismo. Esta genera problemas jurídicos de difícil solución ya que es poco probable que los autores de estos ilícitos puedan ser identificados, quedando impunes y generando congestión en la administración de justicia que poco o nada puede hacer para sancionar estos actos.

El segundo aspecto que aborda el doctor PAUL ANDERSON hace referencia al denominado Crowdsourcing, que es el mismo outsourcing pero de manera virtual, por medio del cual las empresas realizan contratos sencillos o complejos a través de la web, generalmente de manera gratuita o a bajo costo pues lo importante aquí es el reconocimiento o popularidad que el seleccionado adquiere en la red, cuyos contenidos son compartidos a través de flickr o youtube en lo que a imágenes y videos se refiere. 

Esta importante ventaja puede ser menoscaba mediante la violación de los derechos de autor ya que el acceso a esta información es muy sencillo y sus contenidos pueden ser plagiados sin que se detecte fácilmente el autor de la vulneración. 

Finalmente este importante tratadista también nos expone un tercer aspecto que él denomina las “folksonomias”  según el doctor VANDER WAL se asemeja al concepto de taxonomía, es decir de clasificación, pues por medio de la WEB también se puede lograr que personas con necesidades similares se puedan reunir y compartir información, hablar un mismo lenguaje técnico solucionar problemas comunes y hacer nuevos aportes de utilidad para el grupo en particular.

Este uso de la WEB originalmente puede contener un fin o propósito altruista o social al reutilizar la información de buena fe, sin embargo también se puede evidenciar que el uso de la misma puede hacerse con fines ilícitos, como estafas o delitos contra la propiedad intelectual, entre otros posibles y que aún son materia de investigación.

El anterior estudio nos permite inferir que las bondades de la WEB 2.0 son inimáginables y los usuarios de la misma de cualquier índole, sin embargo engendra consigo múltiples falencias en materia de políticas de privacidad que nos pueden hacer víctimas de diferentes ilícitos y lo más desalentador es que aún no se vislumbra una solución a este problema tanto por los expertos en materia de redes como por parte de la justicia y lo  que se preveé es que el uso de esta herramienta tan importante nos hace vulnerables frente a los delincuentes de la red.

 

Por: LAURA ISABEL CANTOR SANDINO 

       SUSANA LOZANO LOZANO 

 

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